Sección Sindical del Banco de España
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comunicACCION Nº 81 - 29/10/2010: Flexibilidad Horaria - El doble juego de RR.HH.
    
A lo largo de los últimos años, el Banco ha ido forzando por la vía de los hechos la modificación del horario de trabajo en Madrid. A pesar de que el Reglamento de Trabajo establece con claridad que el horario normal en el Banco de España es de 8 a 15 horas, viene utilizando diversos instrumentos, con la finalidad de conseguir que un gran número de empleados, especialmente los de nueva entrada, realicen horarios distintos al señalado. Con ello, sin apoyo legal ninguno, desde RR.HH. se niega a numerosos colectivos los derechos derivados del horario general del Banco.

En esta línea de actuación, claramente lesiva para los intereses de los empleados, tras la firma del convenio colectivo de 2007, en el que se acordó como medida de conciliación para la vida laboral y familiar, que los compañeros que tuvieran el horario normal (de 8 a 15 horas) pudieran solicitar flexibilidad horaria de 1 hora y 30 minutos a la entrada y salida, RR.HH. comenzó a denegar tal flexibilidad, entre otros, al colectivo de técnicos de funciones especiales, argumentando que tenían un horario distinto del normal.

Desde CC.OO. entendíamos que esta actitud del Banco era claramente contraria a la normativa convencional, como se ha demostrado en el caso de un compañero  técnico de la función económica  que, a través de los servicios jurídicos de nuestra federación, decidió demandar judicialmente su derecho, ante lo cual el Banco dio marcha atrás en su decisión inicial, concediéndole de manera inmediata la controvertida flexibilidad horaria.

No debemos permitir que la inacción perjudique nuestros derechos laborales, si tienes algún problema con el horario o relacionado con el mismo, háznoslo llegar y estudiaremos tu caso particular.
 
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